Estas ayudas, según la orden de la Junta de Andalucía, también están destinadas a personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual.
Están destinadas a personas físicas titulares de un contrato de arrendamiento cuya persona arrendadora no sea una Administración pública, empresa pública o entidad sin ánimo de lucro.
El periodo de inscripción para estas ayudas estará abierto hasta el 25 de julio.
Las personas interesadas pueden acudir a la oficina municipal de Servicios Sociales y recoger su solicitud.
Gallego ha destacado que “es importante que los interesados consulten los requisitos que deben de cumplir para recibir esta ayuda antes de solicitar la ayuda, unos requisitos que deben de consultar en la orden de la Junta”.
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